Un firewall "por hardware"
MaraudeR - 2009-03-06 15:25:38
En una de las empresas en las que estuve trabajando hace unos años, lo primero que hice fue montar un NOC -Network Operations Center- en condiciones. Mandé al pedo un Windows NT que había instalado en un PC guarripé, y en su lugar puse dos servidores de gama media-alta con GNU/LiNUX que harían varias tareas, desde resolución de nombres con BIND, hasta backups remotos, pasando por servidor de correo, y muchas otras cosas, como herramientas para la gestión de proyectos, atención al cliente, control de calidad de productos, etc., etc., etc. algunas tan específicas y a medida de las necesidades de la empresa que ya ni recuerdo (ni falta que me hace, ciertamente...).
También cambié el antivirus que teníamos por otro con soporte para GNU/LiNUX, que comprobaría el correo entrante y saliente (postfix + courier + amavis + spamassasin + ... ). Incluso tuve que currarme un pequeño script para comprobar aparte algunos mensajes que se recuperaban con fetchmail de otras cuentas externas a la empresa y se inyectaban en las cuentas locales de los usuarios.
En definitiva, la reestructuración en materia de sistemas y redes fue bastante radical. También se cambiaron algunos procedimientos, e incluso se sustituyeron varias herramientas, como por ejemplo Outlook por Thunderbird para el correo electrónico en el 95% de la empresa -el 5% fue un conato de resistencia parapetado en un bunker de costumbrismo irracional inquebrantable, con el que finalmente tiré la toalla-. Pese a todo, entre la mayoría de los usuarios -y en especial los que tenían un perfil técnico avanzado- la acogida de las mejoras fue excelente.
Mi antecesor en el cargo de "Guardián de los Bytes" de la empresa -en adelante "el envidioso"- seguía manteniendo buenas relaciones con el resto de la plantilla a pesar de no trabajar allí ya, entre otras cosas porque su mujer era una compañera. Así que venía de vez en cuando por allí ha tomar un café, charlar y... ¡criticarme!.
La mayoría de las criticas se producían en mi ausencia y rara vez se dirigía a mí directamente, así que no tuve acceso ni al 80% de ellas. Sin embargo hubo dos o tres ocasiones en que se puso en evidencia, y como hace varios años que no trabajo allí ya y tampoco voy a dar datos concretos, no veo ningún inconveniente en compartirlas. No están necesariamente en orden cronológico, de hecho están desordenadas casi a propósito...
También cambié el antivirus que teníamos por otro con soporte para GNU/LiNUX, que comprobaría el correo entrante y saliente (postfix + courier + amavis + spamassasin + ... ). Incluso tuve que currarme un pequeño script para comprobar aparte algunos mensajes que se recuperaban con fetchmail de otras cuentas externas a la empresa y se inyectaban en las cuentas locales de los usuarios.
En definitiva, la reestructuración en materia de sistemas y redes fue bastante radical. También se cambiaron algunos procedimientos, e incluso se sustituyeron varias herramientas, como por ejemplo Outlook por Thunderbird para el correo electrónico en el 95% de la empresa -el 5% fue un conato de resistencia parapetado en un bunker de costumbrismo irracional inquebrantable, con el que finalmente tiré la toalla-. Pese a todo, entre la mayoría de los usuarios -y en especial los que tenían un perfil técnico avanzado- la acogida de las mejoras fue excelente.
Mi antecesor en el cargo de "Guardián de los Bytes" de la empresa -en adelante "el envidioso"- seguía manteniendo buenas relaciones con el resto de la plantilla a pesar de no trabajar allí ya, entre otras cosas porque su mujer era una compañera. Así que venía de vez en cuando por allí ha tomar un café, charlar y... ¡criticarme!.
La mayoría de las criticas se producían en mi ausencia y rara vez se dirigía a mí directamente, así que no tuve acceso ni al 80% de ellas. Sin embargo hubo dos o tres ocasiones en que se puso en evidencia, y como hace varios años que no trabajo allí ya y tampoco voy a dar datos concretos, no veo ningún inconveniente en compartirlas. No están necesariamente en orden cronológico, de hecho están desordenadas casi a propósito...
El ordenador del trabajo y el derecho a la intimidad
Apoderate - 2009-01-28 15:10:42
Muchos de ustedes se habrán preguntado si en el ordenador del que disponen en su trabajo pueden tener o no intimidad. Por una parte, está el derecho a que nadie fisgue en tus correos o en las páginas vistas en internet. Y por otra parte, el empresario, sostiene que si el ordenador es suyo, y que está colocado para desempeñar las tareas laborales, el trabajador no puede visitar páginas web que nada tengan que ver con dicha actividad. Y llegando un poco más lejos: ¿puede el empleador enterarse del correo y de las páginas visitadas por el empleado? Y ¿en caso de hacerlo puede despedirlo procedentemente si descubre que ha estado viendo pornografía en ese ordenador durante la jornada laboral?
Dos sentencias contradictorias, recogidas por don Víctor Manteca Valdelande, de Tribunales Superiores de Justicia, han servido de base para que el Tribunal Supremo se pronuncie sobre estas cuestiones. Una es de Galicia, que declara improcedente el despido de un trabajador al que se le han investigado sin su presencia ni tampoco la de un representante sindical las páginas pornográficas visitadas desde el ordenador de la empresa. Y otra, del Tribunal Superior de Madrid, que considera procedente el despido del trabajador en parecidas condiciones. La diferencia entre uno y otro caso era que el hallazgo de lo visitado por el trabajador no fue causal en la primera de las sentencias citadas, ya que a raíz de un virus del ordenador, precisamente por acceder a páginas poco seguras, la empresa no se limitó a arreglar el ordenador sino que investigó al trabajador. En tanto que en la sentencia de Madrid el hallazgo sí fue casual. El Tribunal Supremo se pronunció en sentencia de fecha 26 de septiembre de 2007, sobre si el empresario puede entrometerse legítimamente en el derecho a la intimidad personal de sus trabajadores.
Estoy seguro de que a estas alturas ustedes piensan que el despido era procedente, ya que además de usar el ordenador de la empresa en vez de para trabajar para ver páginas de las denominadas guarrillas, y encima por eso le costó dinero a la empresa debido a la reparación de los virus introducidos. Pues no, el Supremo ha dicho que el despido era improcedente porque la empresa se inmiscuyó de forma ilegítima en el derecho a la intimidad que la Constitución proclama a favor de toda persona. Dicha sentencia del alto tribunal dice que cuando la empresa llevó en un lápiz informático a un notario las páginas visitas por su trabajador incumplió los requisitos del articulo 18 del Estatuto de los Trabajadores, que sólo autoriza a realizar un registro sobre la persona del trabajador, en sus efectos particulares, cuando sean necesarios para la protección del patrimonio empresarial y el de los demás trabajadores de la empresa, dentro del centro de trabajo y en horas laborales, además de la obligación de respetarse al máximo la dignidad e intimidad del trabajador.
La sentencia recuerda el convenio europeo para la Protección de los Derechos Humanos, que protege la vida privada y familiar, prohibiendo la injerencia no prevista por la ley, que no se justifique por razones de seguridad, bienestar económico, defensa del orden, prevención de infracciones penales, protección de la salud, de la moral, y de los derechos y libertades de los demás. La empresa, pues, no puede usar los datos de un archivo temporal, recogidos de forma 'no casual', para despedir al trabajador. ¿Cabe mayor sutileza?
JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO
Magistrado
http://apoderate.blogspot.com
Dos sentencias contradictorias, recogidas por don Víctor Manteca Valdelande, de Tribunales Superiores de Justicia, han servido de base para que el Tribunal Supremo se pronuncie sobre estas cuestiones. Una es de Galicia, que declara improcedente el despido de un trabajador al que se le han investigado sin su presencia ni tampoco la de un representante sindical las páginas pornográficas visitadas desde el ordenador de la empresa. Y otra, del Tribunal Superior de Madrid, que considera procedente el despido del trabajador en parecidas condiciones. La diferencia entre uno y otro caso era que el hallazgo de lo visitado por el trabajador no fue causal en la primera de las sentencias citadas, ya que a raíz de un virus del ordenador, precisamente por acceder a páginas poco seguras, la empresa no se limitó a arreglar el ordenador sino que investigó al trabajador. En tanto que en la sentencia de Madrid el hallazgo sí fue casual. El Tribunal Supremo se pronunció en sentencia de fecha 26 de septiembre de 2007, sobre si el empresario puede entrometerse legítimamente en el derecho a la intimidad personal de sus trabajadores.
Estoy seguro de que a estas alturas ustedes piensan que el despido era procedente, ya que además de usar el ordenador de la empresa en vez de para trabajar para ver páginas de las denominadas guarrillas, y encima por eso le costó dinero a la empresa debido a la reparación de los virus introducidos. Pues no, el Supremo ha dicho que el despido era improcedente porque la empresa se inmiscuyó de forma ilegítima en el derecho a la intimidad que la Constitución proclama a favor de toda persona. Dicha sentencia del alto tribunal dice que cuando la empresa llevó en un lápiz informático a un notario las páginas visitas por su trabajador incumplió los requisitos del articulo 18 del Estatuto de los Trabajadores, que sólo autoriza a realizar un registro sobre la persona del trabajador, en sus efectos particulares, cuando sean necesarios para la protección del patrimonio empresarial y el de los demás trabajadores de la empresa, dentro del centro de trabajo y en horas laborales, además de la obligación de respetarse al máximo la dignidad e intimidad del trabajador.
La sentencia recuerda el convenio europeo para la Protección de los Derechos Humanos, que protege la vida privada y familiar, prohibiendo la injerencia no prevista por la ley, que no se justifique por razones de seguridad, bienestar económico, defensa del orden, prevención de infracciones penales, protección de la salud, de la moral, y de los derechos y libertades de los demás. La empresa, pues, no puede usar los datos de un archivo temporal, recogidos de forma 'no casual', para despedir al trabajador. ¿Cabe mayor sutileza?
JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO
Magistrado
http://apoderate.blogspot.com
La FSF denuncia a Cisco por violación de la licencia GPL
MaraudeR - 2008-12-12 00:15:30
La Free Software Foundation ha denunciado a CISCO por violación de los términos de la licencia GPL, al distribuir la compañía código fuente bajo dicha licencia sin respetar lo referente a redistribución del código fuente que establece la misma. Al parecer, la FSF lleva ya un lustro intentando llegar a una solución amistosa con CISCO, pero tras tantos años de esfuerzos infructuosos, se ha visto abocada a recurrir a los tribunales.
Más información en inglés en la propia página de la FSF: Free Software Foundation Files Suit Against Cisco For GPL Violations
Más información en inglés en la propia página de la FSF: Free Software Foundation Files Suit Against Cisco For GPL Violations
Celebrando Linux y El cedazo...
Manuko - 2008-08-25 16:21:07
A muchos les vendrá nuevo todo esto - a otros no, que lo sé -, pero hoy es el día indicado porque, lejos de ser nada nuevo, Linux, que será el principal tema del que hablaré en esta serie, cumple hoy, 25 de Agosto, 17 gloriosos años. Así pues, empezaré hablando de Linux para que todos lo conozcan, pero desde el principio, que es GNU. Después, daremos un paseo por el mundo de los distintos BSD para, poco a poco, introducirnos en las formas de cada ‘empaquetador’ de sistemas operativos libres y las distribuciones más importantes creadas en torno a Linux. Y no sólo eso: aparte de cuestiones técnicas, cuyas explicaciones intentarán seguir - dentro de mis posibilidades - la filosofía original de El Tamiz (”Antes simplista que incomprensible”, como diría Pedro), hablaré lo más posible del Software Libre: por qué es libre, cómo es libre, qué tiene que ver con patentes, copyright y derechos de autor (las tres cosas son cosas distintas), y hasta dónde llegan sus libertades, ya que aún dentro del respeto a los cuatro derechos del Software Libre, se pueden imponer limitaciones que dan lugar, como decía previamente, a cientos de modalidades de Software Libre…
Y antes de comenzar, por supuesto, Feliz Cumpleaños a Linux.
Hoy Linux cumple años, y yo me estreno en El Cedazo. Espero que os guste.
PD: Si, esto aquí es más SPAM que otra cosa, creo, pero así se enteran los señores...
Tecnofóbia
Manuko - 2008-07-01 16:59:49
La comodidad de vivir sin cables ha hecho que este sistema de transmisión de datos de forma inalámbrica tenga una estupenda acogida. Para muchos volver al cableado es ya impensable. No obstante, algunas asociaciones piden el retorno del alambre de fibra óptica o el coaxial para evitar riesgos para la salud, argumentando que una exposición "residencial y continua" puede ocasionar estrés, dolores de cabeza, insomnio, falta de concentración y pérdida de memoria, nauseas, taquicardia y, en algunos casos, hasta cáncer.
"Es necesario que se tomen algunas precauciones para evitar riesgos a largo plazo", asegura Pedro Belmonte, de Ecologistas en Acción. En la publicación de la asociación, El Ecologista, se ha propuesto una moratoria a la instalación de estos dispositivos en "centros de enseñanza, bibliotecas públicas, universidades y edificios públicos", hasta determinar el riesgo de una tecnología de la que poco se ha publicado y que se encuentra en desarrollo.
Cuando esta gente se entere de que vivimos dentro de un campo magnético variable les va a dar algo...

